Este Decreto tiene por objeto establecer los requisitos y normas de funcionamiento de los comités de ética de investigación (en adelante, los CER), regular el procedimiento de acreditación de los comités de ética de la investigación y de los comités de ética de la investigación con medicamentos (en adelante, los CERM), crear y regular el funcionamiento del Comité de Ética de la Investigación en Medicina Regenerativa de Cataluña (CERMR).
En definiciones indica:
1. Son CER, de acuerdo con la normativa que les es de aplicación, los órganos independientes y de composición multidisciplinar que tienen por finalidad principal velar por la protección de los derechos, la seguridad y el bienestar de los sujetos que participen en un proyecto de investigación biomédica y ofrecen una garantía pública mediante un dictamen sobre la documentación correspondiente al proyecto de investigación, teniendo en cuenta el punto de vista de las personas legas y, en particular, de los y las pacientes u organizaciones de los y las pacientes.
2. Son CERM, de acuerdo con la normativa que les es de aplicación, los CER que además estén acreditados de acuerdo con este Decreto para emitir en estudios clínicos con medicamentos y en investigaciones clínicas con productos sanitarios.
3. El CERMR es el órgano independiente y colegiado con las funciones de evaluar e informar a determinados proyectos de investigación en materia de células madre embrionarias humanas producidas en los bancos de líneas celulares o los relativos al uso de células troncales pluripotentes y tejidos de origen embrionario y fetal humano que se lleven a cabo en el ámbito territorial de Cataluña.