Con este acuerdo se consiguió la libre circulación (como hasta ahora) de los productos sanitarios entre Europa y Turquía, ahora se publica el texto integro del acuerdo que se realizó en dos fases una para MDR y otra para IVDR. No debe pues nombrarse un representante autorizado en Europa para un fabricante de Turquia y los Organismos Notificados de Turquia podrán certificar productos sanitarios.
Detalles del Acuerdo Turquia – UE para productos sanitarios que entró en vigor antes de la fecha de aplicación
por Xavier Canals | 13-04-2022 | Boletin, FAQ-IVDR, FAQ-MDR, Noticias