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Como cada año se inicia el salon del sector de la estética que, aunque no sea conocido, pasa a ser regulado mucho de su equipamiento por el nuevo reglamento de productos sanitarios (EU) 2017/745 cuya entrada en vigor fue el 26 de mayo de 2017 y su fin de periodo transitorio es el 26 de mayo de 2020.

La lista de productos regulados se establece mediante una lista en el anexo XVI del nuevo reglamento :

ANEXO XVI LISTA DE GRUPOS DE PRODUCTOS SIN FINALIDAD MÉDICA 

«…
4. Equipos destinados a usarse para reducir, retirar o destruir tejido adiposo, como los equipos para liposucción, lipólisis o lipoplastia.
5. Equipos que emiten radiación electromagnética de alta intensidad (por ejemplo, infrarrojos, luz visible y ultravioleta) destinados a su uso en el cuerpo humano, con inclusión de fuentes coherentes y no coherentes, monocromáticas o de amplio espectro, tales como láseres y equipos de luz pulsada intensa para rejuvenecimiento de la piel, eliminación de tatuajes, depilación u otros tratamientos dérmicos.
…»

Y tal y como indica el reglamento en su articulo 1:
«… 2.El presente Reglamento será también aplicable, a partir de la fecha de aplicación de las especificaciones comunes adoptadas … , a los grupos de productos que no persiguen fines médicos enumerados en el anexo XVI, teniendo en cuenta los conocimientos más recientes de la medicina y, en particular, las normas armonizadas existentes para productos análogos con fines médicos, basados en una tecnología similar. Las especificaciones comunes relativas a cada uno de los grupos de productos enumerados en el anexo XVI se referirán, al menos, a la aplicación de la gestión del riesgo expuesta en el anexo I respecto del grupo de productos en cuestión y, cuando sea necesario, a la evaluación clínica relativa a la seguridad.
Las especificaciones comunes necesarias se adoptarán a más tardar el 26 de mayo de 2020. Serán aplicables a partir de seis meses después de la fecha de su entrada en vigor o a partir del 26 de mayo de 2020, si esta fecha es posterior.  …»

Es decir que a partir de 26 de mayo de 2020 los equipos sin finalidad médica como los laser de depilación o rejuvenecimiento, depiladores IPL, equipos liposucción y equipos de tratamiento por RF precisaran del marcado CE según el Reglamento de productos sanitarios (EU) 2017/745.