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FAQ MDR

Incluimos aqui preguntas frecuentes sobre el reglamento MDR de productos sanitarios. Si no encuentras aqui tu pregunta contacta con nosotros

CUALIFICACION Y CLASIFICACIÓN

¿Qué es el MDR y a qué productos se aplica?

Por MDR Medical Device Regulation nos referimos al Reglamento (EU) 2027/745 relativo a productos sanitarios
Se aplica a todos los productos sanitarios excepto a los de diagostico in vitro que tienen reglamento propio IVDR

¿Cuál es la diferencia entre MDR e IVDR?

El MDR reglamento (UE) 2017/745 se aplica a productos sanitarios generales y hay un subconjunto los destinados al diagnostico in vitro que por su especificidad estan regulado por otro reglamento el (UE) 2017/746 
Por ejemplo, un implante, un dispositivo quirúrgico o determinado software médico puede estar sujeto al MDR, mientras que un reactivo, instrumento o software destinado específicamente al examen in vitro de muestras humanas puede estar sujeto al IVDR.
Determinar correctamente la legislación aplicable es uno de los primeros pasos de cualquier estrategia regulatoria.

¿ y si mi producto sanitario incorpora inteligencia artificial?

Un producto sanitario que incorpora inteligencia artificial o bien es por si mismo un MDSW con IA (MDAI) esta sujeto simultáneamente a ambos marcos regulatorios: MDR/IVDR y AIA
La interacción entre ambas legislaciones debe analizarse desde las primeras fases de desarrollo para identificar correctamente los requisitos aplicables al producto y evitar duplicidades o cambios tardíos en el proyecto.
Para productos sanitarios con software o inteligencia artificial es especialmente recomendable elaborar una estrategia regulatoria previa al desarrollo y certificación.

¿El MDR se aplica también al software?

Si, se aplica al sw medico que precisa cumplir la cualificación segun la MDCG 2019-11
No todo software utilizado en el ámbito sanitario es necesariamente un producto sanitario. La cualificación depende principalmente de su finalidad prevista y de las funciones que realiza.

¿Quién decide la clasificación de un producto sanitario?

El fabricante es responsable de determinar y justificar la clasificación de su producto aplicando las reglas del MDR.
En los productos que requieren la intervención de un organismo notificado, la clasificación será revisada durante el proceso de evaluación de conformidad.
Una clasificación incorrecta puede implicar haber definido de forma errónea la ruta de certificación, las evidencias necesarias o incluso el organismo notificado requerido.

¿Cómo se clasifica el software médico MDSW?

La clasificación del software médico requiere analizar su finalidad prevista y las consecuencias que puede tener la información proporcionada por el software sobre las decisiones diagnósticas o terapéuticas.
La Regla 11 del MDR tiene especial relevancia para numerosos productos de software. Dependiendo de las funciones realizadas y del riesgo asociado a una decisión incorrecta, un software puede quedar clasificado como Clase I, IIa, IIb o III. Por ello, la clasificación de software debe estudiarse cuidadosamente antes de diseñar la estrategia de marcado CE.

¿Cómo se clasifican los productos sanitarios según el MDR?

Los productos sanitarios sujetos al MDR se clasifican, de menor a mayor riesgo, en:

  • Clase I
  • Clase IIa
  • Clase IIb
  • Clase III

La clasificación se determina aplicando las reglas establecidas en el Anexo VIII del MDR.

Para clasificar correctamente un producto deben analizarse factores como:

  • finalidad prevista;
  • duración del contacto;
  • invasividad;
  • parte del cuerpo con la que interactúa;
  • carácter activo o no activo;
  • implantabilidad;
  • función de medición;
  • administración o intercambio de sustancias;
  • software;
  • y otros riesgos.
MARCADO CE
¿Qué necesito para obtener el marcado CE de un producto sanitario?

El proceso depende del tipo y clasificación del producto, habitualmente será necesario realizar, entre otras, las siguientes actividades:

  1. Definir la finalidad prevista.
  2. Cualificación: Confirmar que el producto está sujeto al MDR
  3. Clasificación: Clasificar el producto según reglas de anexo VIII como clase I, IIa, IIb o III
  4. Identificar los requisitos regulatorios y normas aplicables.
  5. Implantar el sistema de gestión de la calidad según ISO 13485
  6. Preparar la documentación técnica según anexos II y III MDR
    • Establecer gestión de riesgos según EN ISO 14971
    • Realizar la evaluación clínica y en su caso Investigacion clínica
  7. Obtener las evidencias preclínicas, técnicas y clínicas necesarias. Ensayos laboratorios seguridad y funcionalidad
  8. Aplicar el procedimiento de evaluación de conformidad (autocertificacion – sin ON, certificacion por Organismo Notificado)
  9. Subsanar las NC no conformidades en la revisión de la Documentacion Tecnica (en su caso)
  10. Subsanar las NC no conformidades en la auditoria del Sistema de Calidad (en su caso)
  11. Obtener el certificado del ON (en su caso)
  12. Asignar UDI cuando resulte aplicable.
  13. Realizar los registros correspondientes: EUDAMED , RECOPS
  14. Colocar el marcado CE. Emitir la Declaración UE de Conformidad.
  15. Mantener el cumplimiento regulatorio durante la comercialización.

El marcado CE debe plantearse como un proyecto regulatorio completo, no como la simple preparación de un expediente documental.

DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
¿Qué documentación técnica exige el MDR?

La documentación técnica es necesaria para demostrar que el producto cumple los requisitos aplicables del MDR. Los requisitos fundamentales relativos a la documentación técnica se encuentran principalmente en los Anexos II y III del MDR.
La documentación puede incluir:

  • descripción y especificaciones;
  • finalidad prevista;
  • clasificación;
  • variantes y accesorios;
  • diseño y fabricación;
  • requisitos generales de seguridad y funcionamiento;
  • normas aplicadas;
  • gestión de riesgos;
  • verificación y validación;
  • biocompatibilidad;
  • seguridad eléctrica;
  • compatibilidad electromagnética;
  • software;
  • ciberseguridad;
  • usabilidad;
  • esterilización;
  • evaluación clínica;
  • investigación clínica;
  • etiquetado;
  • instrucciones de uso;
  • PMS;
  • PSUR;
  • PMCF;
  • y otras específicas.
EVALUACION CLÍNICA
REGISTROS - LICENCIAS
SISTEMA DE CALIDAD

Incluimos aqui las últimas noticias relacionadas con FAQ sobre productos sanitarios

El Mº de Sanidad presenta el proyecto de Ley de Medicamentos y Productos Sanitarios en el Consejo interterritorial CISNS que presentará en Septiembre al Consejo de Ministros

El Mº de Sanidad presenta el proyecto de Ley de Medicamentos y Productos Sanitarios en el Consejo interterritorial CISNS que presentará en Septiembre al Consejo de Ministros

Propuesta de cambio en la Ley de Medicamentos y Productos Sanitarios que siguiendo el proceso legislativo español y después del trámite de audiencia en información pública con unas 400 enmiendas al anteproyecto y que están aun en proceso de análisis e inclusión en el texto de proyecto final.
Podeis ver aqui la noticia

 

 

 

La Comisión publica el Reglamento de ejecución 2025/1234 que actualiza el reglamento previo 2021/2226 relativo a eIFU para MDR

La Comisión publica el Reglamento de ejecución 2025/1234 que actualiza el reglamento previo 2021/2226 relativo a eIFU para MDR

La Comisión ha publicado el reglamento de ejecución 2025/1234 que actualiza el reglamento 2021/2226 que regula la posibilidad de instrucciones electrónicas para la utilización de productos sanitarios. Notese que es para productos sanitarios MDR.
Atención a la definición de estas, ya que incluye las que están el la web:
«instrucciones de uso en formato electrónico»: las instrucciones de utilización que muestra el propio producto en formato electrónico, que figuran en un soporte electrónico portátil de almacenamiento suministrado por el fabricante con el producto, o que están disponibles en un programa informático o en un sitio web;
Incluye ahora los productos MDR sin fin médico de anexo XVI en su uso por profesionales
Entrada en vigor: 17 julio 2025
Seguiremos informando …

 

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https://www.meddev.biz/b2c/producto/T1007/1/vigilancia-tecnologica-productos-sanitarios-informes-anuales-

MDCG: publicada la MDCG 2025-6 (AIB 2025-1) Interacción entre el MDR/IVDR y la Ley de inteligencia artificial (AIA)

MDCG: publicada la MDCG 2025-6 (AIB 2025-1) Interacción entre el MDR/IVDR y la Ley de inteligencia artificial (AIA)

Este documento proporciona un primer conjunto de respuestas, que se desarrollarán y actualizarán continuamente, a las preguntas más frecuentes relacionadas con la aplicación conjunta de la AIA y el MDR o IVDR para los fabricantes. Este documento de preguntas frecuentes (FAQ) está dirigido principalmente (pero no exclusivamente) a fabricantes de productos sanitarios, organismos notificados y autoridades competentes. Todas las referencias a “fabricante” en el sentido del MDR/IVDR deben entenderse como referencias a “proveedor” de conformidad con el AIA. «Desplegador» definido en el artículo 3(4) del AIA como una persona física o jurídica, autoridad pública, agencia u otro organismo que utilice sistemas de IA bajo su autoridad, a menos que el uso sea para una actividad personal no profesional. La AIA no define el concepto de «usuario», que en el MDR/IVDR se define como cualquier profesional sanitario o profano que utilice un producto. Por lo tanto, no se puede entender que el concepto de «implantador» de la AIA se refiera al de «usuario» del MDR/IVDR.

Interesante ….

MDCG: publicada la MDCG 2025-5 Preguntas y respuestas relativas a estudios de evaluación del funcionamiento

MDCG: publicada la MDCG 2025-5 Preguntas y respuestas relativas a estudios de evaluación del funcionamiento

Este documento está dirigido a los promotores de estudios del funcionamiento de productos sanitarios para diagnóstico in vitro (IVD) realizados en el ámbito del Reglamento (UE) 2017/746 (IVDR). También contiene información de interés para los fabricantes que proporcionan productos IVD para su uso en estudios del funcionamiento que pueden estar patrocinados por otros agentes, y los patrocinadores de estudios combinados.

Interesante ….

MDCG: publicada nueva edición de la MDCG 2019-11 Rev1 Cualificación y Clasificación MDSW

MDCG: publicada nueva edición de la MDCG 2019-11 Rev1 Cualificación y Clasificación MDSW

En esta MDCG se incluyen algunos cambios:
1 Aclaración del ámbito de aplicación
3.Adición de consideraciones relativas a la importancia de elaborar un objetivo claro y referencias a la MDSW modular
3.1. Aclaraciones sobre el ámbito de aplicación del documento en relación con el software del anexo XVI.
3.2.Adición de nuevos ejemplos, incluida la MDSW destinada al tratamiento.
4.2.1.Adición de aclaraciones a la Regla 11 (Subregla a). 4.2.2.Adición de referencias y ejemplos sobre productos destinados a prevenir el riesgo de enfermedad ….
7.Actualización y mayor elaboración de los «Módulos»
Anexo I c.1.Actualización para reflejar la interacción con el Reglamento europeo sobre el espacio de datos sanitarios en lo que respecta a los sistemas de historiales médicos electrónicos.
Anexo IV Inclusión de un nuevo ejemplo de clase I leer más…

MDCG: publicada la MDCG 2025-4 Guía para la puesta a disposición segura de MDSW en plataformas en línea

MDCG: publicada la MDCG 2025-4 Guía para la puesta a disposición segura de MDSW en plataformas en línea

El objetivo de esta guía es describir las obligaciones de los proveedores de plataformas de apps y sus respectivas responsabilidades en virtud del MDR/IVDR, así como de la Ley de Servicios Digitales (DSA)2, que introduce requisitos para los proveedores de servicios intermediarios en línea.
De conformidad con el artículo 103, apartado 8, del Reglamento (UE) 2017/745 sobre productos sanitarios (MDR) y el artículo 98 del Reglamento (UE) 2017/746 sobre productos sanitarios para diagnóstico in vitro (IVDR), esta guía del MDCG proporciona aclaraciones sobre el papel y las responsabilidades de los proveedores de plataformas de apps cuando facilitan la puesta a disposición de apps de software de productos sanitarios (MDSW) en el mercado europeo. Esta guía también proporciona información sobre la información que deben proporcionar los fabricantes de productos sanitarios al poner a disposición sus aplicaciones MDSW.

Interesante ….

Aprobada la propuesta de Reglamento Delegado modificando la MDR para el UDI de las monturas, lentes ópticas y gafas de lectura premontadas

Aprobada la propuesta de Reglamento Delegado modificando la MDR para el UDI de las monturas, lentes ópticas y gafas de lectura premontadas

Como ya había anunciado la Comisión Europea y siguiendo el ejemplo de las lentes de contacto se establecerá una codificación especifica de master UDI-DI para el UDI de las monturas y lentes ópticas:

6.6.2.1. Monturas de gafas Se asignará un UDI-DI a las monturas de gafas que tengan la misma combinación de parámetros de diseño, entre los que figure, al menos, el tamaño horizontal de la lente encuadrada («Master UDI-DI»). Además de lo establecido en la sección 3.9, se requerirá un nuevo Master UDI-DI siempre que se produzca un cambio en la combinación de los parámetros de diseño a que se refiere el párrafo primero.

6.6.2.2.  Lentes para gafas Se asignará un UDI-DI a las lentes para gafas que tengan la misma combinación de parámetros de diseño, entre los que figuren, al menos, los grupos de esfera media (potencia esférica equivalente), los grupos de potencia de adición y los grupos de deficiencias de visión similares («Master UDI-DI»). Además de lo establecido en la sección 3.9, se requerirá un nuevo Master UDI-DI siempre que se produzca un cambio en la combinación de los parámetros de diseño a que se refiere el párrafo primero.

6.6.2.3. Gafas de lectura premontadas Se asignará un UDI-DI a las gafas de lectura premontadas que tengan la misma combinación de parámetros de diseño, entre los que figure, al menos, el tamaño horizontal de la lente encuadrada y la potencia esférica de la lente («Master UDI-DI»).

Además de lo establecido en la sección 3.9, se requerirá un nuevo Master UDI-DI siempre que se produzca un cambio en la combinación de los parámetros de diseño a que se refiere el párrafo primero.

el plazo de adaptación es de 3 años es decir hasta 2028
Este es el texto del reglamento delegado …

Publicado el Decreto 109/2025 de actualización requisitos Comites Eticos Catalunya

Publicado el Decreto 109/2025 de actualización requisitos Comites Eticos Catalunya

Este Decreto tiene por objeto establecer los requisitos y normas de funcionamiento de los comités de ética de investigación (en adelante, los CER), regular el procedimiento de acreditación de los comités de ética de la investigación y de los comités de ética de la investigación con medicamentos (en adelante, los CERM), crear y regular el funcionamiento del Comité de Ética de la Investigación en Medicina Regenerativa de Cataluña (CERMR). leer más…

Sanidad abre una consulta pública para la modificación del Estatuto de la @AEMPSgob hasta 25 junio 2025

Sanidad abre una consulta pública para la modificación del Estatuto de la @AEMPSgob hasta 25 junio 2025

Siguiendo el proceso legislativo español la AEMPS inicia el trámite de consulta pública para la revisión del Estatuto de la AEMPS.
Se propone la creación de una Dirección Adjunta y un nuevo departamento de Tecnologías de la Información. Este departamento abordará la transformación digital de la Agencia.
Otra medida es relativa a los Comités éticos,  la Agencia, en coordinación con las comunidades autónomas, a través del Comité Técnico de Inspección, fijar los criterios específicos comunes para la acreditación, inspección y renovación de la acreditación de estos comités. Se pretende establecer un marco de ámbitos de acreditación que servirá para delimitar procesos de acreditación diferenciados, ajustados a distintos ámbitos de actividad de los comités previstos en la legislación.
Podemos enviar aportaciones vía mail a normativa.aemps@aemps.es . La fecha de finalización de envío de aportaciones es el próximo 25 de junio de 2025.
Puedes descargártelo en el siguiente hipervinculo:

Organismos Notificados IVDR (17): SERTIO (Finlandia) ON num. 3018 nuevo Organismo Notificado IVDR. Enhorabuena!!!

Organismos Notificados IVDR (17): SERTIO (Finlandia) ON num. 3018 nuevo Organismo Notificado IVDR. Enhorabuena!!!

Nueva designación para IVDR del Organismo Notificado:
Sertio Oy
Biokatu 10 Tampere – Finland
Email : info@sertio.fi
Website : www.sertio.fi
Notified Body number : 3018 

puedes ver la lista de ON IVDR siempre actualizada en la base de datos NANDO:
https://webgate.ec.europa.eu/single-market-compliance-space/#/notified-bodies/notified-body-list?filter=legislationId:35,bodyTypeId:3,notificationStatusId:1
y para MDR (50) la lista actualizada en:
https://webgate.ec.europa.eu/single-market-compliance-space/#/notified-bodies/notified-body-list?filter=legislationId:34,bodyTypeId:3,notificationStatusId:1

 

Organismos Notificados IVDR (15): IMQ (Italia) ON num. 0051 nuevo Organismo Notificado IVDR. Enhorabuena!!!

Organismos Notificados IVDR (15): IMQ (Italia) ON num. 0051 nuevo Organismo Notificado IVDR. Enhorabuena!!!

Nueva designación para IVDR del Organismo Notificado:
IMQ ISTITUTO ITALIANO DEL MARCHIO DI QUALITÀ S.P.A.
Via Quintiliano, 43 – 20138 – MILANO Italy
phone +39 02 50731, +39 02 50991500
email: info@imq.it
website: www.imq.it

puedes ver la lista de ON IVDR siempre actualizada en la base de datos NANDO:
https://webgate.ec.europa.eu/single-market-compliance-space/#/notified-bodies/notified-body-list?filter=legislationId:35,bodyTypeId:3,notificationStatusId:1
y para MDR (50) la lista actualizada en:
https://webgate.ec.europa.eu/single-market-compliance-space/#/notified-bodies/notified-body-list?filter=legislationId:34,bodyTypeId:3,notificationStatusId:1

 

El Mº de Sanidad ( @AEMPSgob ) abre el proceso de audiencia e información pública para el anteproyecto de Ley de los medicamentos y productos sanitarios

El Mº de Sanidad ( @AEMPSgob ) abre el proceso de audiencia e información pública para el anteproyecto de Ley de los medicamentos y productos sanitarios

Propuesta de cambio en la Ley de Medicamentos y Productos Sanitarios que siguiendo el proceso legislativo español ahora nos toca el trámite de audiencia en información pública que tiene por objeto recabar la opinión de ciudadanos titulares de derechos e intereses legítimos afectados por un proyecto normativo ya redactado, directamente o a través de las organizaciones o asociaciones que los representen, así como obtener cuantas aportaciones adicionales puedan realizar otras personas o entidades.

Podemos enviar aportaciones vía mail a informacion.publica@sanidad.gob.es .
La fecha de finalización de envío de aportaciones es el próximo 30 de abril de 2025.
Puedes descargártelo en el siguiente hipervinculo:

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