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FAQ MDR

Incluimos aqui preguntas frecuentes sobre el reglamento MDR de productos sanitarios. Si no encuentras aqui tu pregunta contacta con nosotros

CUALIFICACION Y CLASIFICACIÓN

¿Qué es el MDR y a qué productos se aplica?

Por MDR Medical Device Regulation nos referimos al Reglamento (EU) 2027/745 relativo a productos sanitarios
Se aplica a todos los productos sanitarios excepto a los de diagostico in vitro que tienen reglamento propio IVDR

¿Cuál es la diferencia entre MDR e IVDR?

El MDR reglamento (UE) 2017/745 se aplica a productos sanitarios generales y hay un subconjunto los destinados al diagnostico in vitro que por su especificidad estan regulado por otro reglamento el (UE) 2017/746 
Por ejemplo, un implante, un dispositivo quirúrgico o determinado software médico puede estar sujeto al MDR, mientras que un reactivo, instrumento o software destinado específicamente al examen in vitro de muestras humanas puede estar sujeto al IVDR.
Determinar correctamente la legislación aplicable es uno de los primeros pasos de cualquier estrategia regulatoria.

¿ y si mi producto sanitario incorpora inteligencia artificial?

Un producto sanitario que incorpora inteligencia artificial o bien es por si mismo un MDSW con IA (MDAI) esta sujeto simultáneamente a ambos marcos regulatorios: MDR/IVDR y AIA
La interacción entre ambas legislaciones debe analizarse desde las primeras fases de desarrollo para identificar correctamente los requisitos aplicables al producto y evitar duplicidades o cambios tardíos en el proyecto.
Para productos sanitarios con software o inteligencia artificial es especialmente recomendable elaborar una estrategia regulatoria previa al desarrollo y certificación.

¿El MDR se aplica también al software?

Si, se aplica al sw medico que precisa cumplir la cualificación segun la MDCG 2019-11
No todo software utilizado en el ámbito sanitario es necesariamente un producto sanitario. La cualificación depende principalmente de su finalidad prevista y de las funciones que realiza.

¿Quién decide la clasificación de un producto sanitario?

El fabricante es responsable de determinar y justificar la clasificación de su producto aplicando las reglas del MDR.
En los productos que requieren la intervención de un organismo notificado, la clasificación será revisada durante el proceso de evaluación de conformidad.
Una clasificación incorrecta puede implicar haber definido de forma errónea la ruta de certificación, las evidencias necesarias o incluso el organismo notificado requerido.

¿Cómo se clasifica el software médico MDSW?

La clasificación del software médico requiere analizar su finalidad prevista y las consecuencias que puede tener la información proporcionada por el software sobre las decisiones diagnósticas o terapéuticas.
La Regla 11 del MDR tiene especial relevancia para numerosos productos de software. Dependiendo de las funciones realizadas y del riesgo asociado a una decisión incorrecta, un software puede quedar clasificado como Clase I, IIa, IIb o III. Por ello, la clasificación de software debe estudiarse cuidadosamente antes de diseñar la estrategia de marcado CE.

¿Cómo se clasifican los productos sanitarios según el MDR?

Los productos sanitarios sujetos al MDR se clasifican, de menor a mayor riesgo, en:

  • Clase I
  • Clase IIa
  • Clase IIb
  • Clase III

La clasificación se determina aplicando las reglas establecidas en el Anexo VIII del MDR.

Para clasificar correctamente un producto deben analizarse factores como:

  • finalidad prevista;
  • duración del contacto;
  • invasividad;
  • parte del cuerpo con la que interactúa;
  • carácter activo o no activo;
  • implantabilidad;
  • función de medición;
  • administración o intercambio de sustancias;
  • software;
  • y otros riesgos.
MARCADO CE
¿Qué necesito para obtener el marcado CE de un producto sanitario?

El proceso depende del tipo y clasificación del producto, habitualmente será necesario realizar, entre otras, las siguientes actividades:

  1. Definir la finalidad prevista.
  2. Cualificación: Confirmar que el producto está sujeto al MDR
  3. Clasificación: Clasificar el producto según reglas de anexo VIII como clase I, IIa, IIb o III
  4. Identificar los requisitos regulatorios y normas aplicables.
  5. Implantar el sistema de gestión de la calidad según ISO 13485
  6. Preparar la documentación técnica según anexos II y III MDR
    • Establecer gestión de riesgos según EN ISO 14971
    • Realizar la evaluación clínica y en su caso Investigacion clínica
  7. Obtener las evidencias preclínicas, técnicas y clínicas necesarias. Ensayos laboratorios seguridad y funcionalidad
  8. Aplicar el procedimiento de evaluación de conformidad (autocertificacion – sin ON, certificacion por Organismo Notificado)
  9. Subsanar las NC no conformidades en la revisión de la Documentacion Tecnica (en su caso)
  10. Subsanar las NC no conformidades en la auditoria del Sistema de Calidad (en su caso)
  11. Obtener el certificado del ON (en su caso)
  12. Asignar UDI cuando resulte aplicable.
  13. Realizar los registros correspondientes: EUDAMED , RECOPS
  14. Colocar el marcado CE. Emitir la Declaración UE de Conformidad.
  15. Mantener el cumplimiento regulatorio durante la comercialización.

El marcado CE debe plantearse como un proyecto regulatorio completo, no como la simple preparación de un expediente documental.

DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
¿Qué documentación técnica exige el MDR?

La documentación técnica es necesaria para demostrar que el producto cumple los requisitos aplicables del MDR. Los requisitos fundamentales relativos a la documentación técnica se encuentran principalmente en los Anexos II y III del MDR.
La documentación puede incluir:

  • descripción y especificaciones;
  • finalidad prevista;
  • clasificación;
  • variantes y accesorios;
  • diseño y fabricación;
  • requisitos generales de seguridad y funcionamiento;
  • normas aplicadas;
  • gestión de riesgos;
  • verificación y validación;
  • biocompatibilidad;
  • seguridad eléctrica;
  • compatibilidad electromagnética;
  • software;
  • ciberseguridad;
  • usabilidad;
  • esterilización;
  • evaluación clínica;
  • investigación clínica;
  • etiquetado;
  • instrucciones de uso;
  • PMS;
  • PSUR;
  • PMCF;
  • y otras específicas.
EVALUACION CLÍNICA
REGISTROS - LICENCIAS
SISTEMA DE CALIDAD

Incluimos aqui las últimas noticias relacionadas con FAQ sobre productos sanitarios

Publicado !! «REGLAMENTO (UE) 2020/561 de 23 de abril de 2020 por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/745 sobre los productos sanitarios – DoA 26 mayo 2021

Publicado !! «REGLAMENTO (UE) 2020/561 de 23 de abril de 2020 por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/745 sobre los productos sanitarios – DoA 26 mayo 2021

El DOUE publica el Reglamento (UE) 2020/561 por el que se modifica el Reglamento (EU) 2017/745 aplazando un año la fecha de aplicación del Reglamento sobre los productos sanitarios, pasando a ser en vez de 26 de mayo de 2020, el 26 de mayo de 2021. Se acortan así los periodos de gracia, manteniéndose las fechas de estas: 26 mayo 2024 para el periodo de gracia de «soft transition» para legacy y clase I que no cambian a clase con intervención de ON, y 26 mayo 2025 para el periodo de gracia de «sell off» del canal de distribución. Esta propuesta no afecta a la fecha de aplicación del Reglamento IVDR de productos sanitarios para diagnóstico in vitro, que será aplicable a partir del 26 de mayo de 2022, Medtech ya ha pedido que se aplace este también ..

puedes revisar aqui el texto aprobado: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32020R0561&qid=1587713537174&from=ES

Tal y como indica en el Artículo 2:  «El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea», es decir, hoy 24 abril 2020 entra en vigor.

Texto definitivo aprobado en español del aplazamiento de MDR a 26 mayo 2021

Texto definitivo aprobado en español del aplazamiento de MDR a 26 mayo 2021

El pasado 17 de abril el Parlamento Europeo aprobó el texto de la propuesta de la Comisión incluyendo las modificaciones del Consejo y ahora esta pasando por el tramite administrativo de su aprobación formal y publicación en el DOUE. Este tramite que en procedimiento normal podría tardar meses se trata de urgencia para llegar antes del 26 de mayo, fecha a partir de la cual se aplicaba el MDR.
Puedes revisar aqui el texto aprobado: https://www.dropbox.com/s/2qwaotvo7ntphce/2020-04-20%20modificacion%20MDR-CONSIL_PE_10_2020_INIT_ES_TXT.pdf?dl=0

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Aprobado el aplazamiento de 1 año en la fecha de aplicación del reglamento MDR a 26 mayo 2021

Aprobado el aplazamiento de 1 año en la fecha de aplicación del reglamento MDR a 26 mayo 2021

El Parlamento Europeo ha adoptado hoy, 17 de abril, una modificación del Reglamento (EU) 2017/745 por el que se aplaza un año la fecha de aplicación del Reglamento sobre los productos sanitarios, pasando a ser en vez de 26 de mayo de 2020, el 26 de mayo de 2021. Se acortan así los periodos de gracia, manteniéndose las fechas de estas: 26 mayo 2024 para el periodo de gracia de «soft transition» para legacy y clase I que no cambian a clase con intervención de ON, y 26 mayo 2025 para el periodo de gracia de «sell off» del canal de distribución. Esta propuesta no afecta a la fecha de aplicación del Reglamento IVDR de productos sanitarios para diagnóstico in vitro, que será aplicable a partir del 26 de mayo de 2022.
Ahora debe publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea.

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Hoy 17 de abril se vota en el Parlamento Europeo el aplazamiento de 1 año en la fecha de aplicación del reglamento MDR a 26 mayo 2021

Hoy 17 de abril se vota en el Parlamento Europeo el aplazamiento de 1 año en la fecha de aplicación del reglamento MDR a 26 mayo 2021

El Parlamento Europeo votará hoy, 17 de abril, una propuesta de modificación del Reglamento (EU) 2017/745 por el que se aplaza un año la fecha de aplicación del Reglamento sobre los productos sanitarios, pasando a ser en vez de 26 de mayo de 2020, el 26 de mayo de 2021. Esta propuesta no afecta a la fecha de aplicación del Reglamento IVDR de productos sanitarios para diagnóstico in vitro, que será aplicable a partir del 26 de mayo de 2022.
Puedes seguir las sesiones aqui: https://multimedia.europarl.europa.eu/en/plenary-session_20200417-0900-PLENARY_vd leer más…

2. 1a LECTURA: Consejo apoya la propuesta 1. PROPUESTA: Comision propone aplazar 1 año el MDR

2. 1a LECTURA: Consejo apoya la propuesta 1. PROPUESTA: Comision propone aplazar 1 año el MDR

Como respuesta a la propuesta de la Comisión Europea el Consejo de Europa ha adoptado hoy, 8 de abril, una disposición apoyando esta y corrigiendo alguna errata (e.g. articulo 120.3). El próximo paso es su aprobación en el Parlamento en la sesión del 17 de Abril (aunque el documento pone 16 de abril, la fecha anunciada es el 17) 


La propuesta es para aplazar un año la fecha de aplicación del Reglamento (EU) 2017/745 de productos sanitarios, pasando a ser en vez de 26 de mayo de 2020, el 26 de mayo de 2021. Se acortan así los periodos de gracia, manteniéndose las fechas de estas: 26 mayo 2024 para el periodo de gracia de «soft transition» para legacy y clase I que no cambian a clase con intervención de ON, y 26 mayo 2025 para el periodo de gracia de «sell off» del canal de distribución.  La propuesta necesitará la aprobación por parte del Parlamento Europeo y del Consejo mediante un procedimiento de codecisión acelerado. Esta propuesta no afecta a la fecha de aplicación del Reglamento IVDR de productos sanitarios para diagnóstico in vitro, que será aplicable a partir del 26 de mayo de 2022.

Os mantendremos informados …

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La Comision Europea publica la propuesta de aplazamiento de 1 año en la fecha de aplicación del reglamento MDR

La Comision Europea publica la propuesta de aplazamiento de 1 año en la fecha de aplicación del reglamento MDR

La Comisión Europea ha adoptado hoy, 3 de abril, una propuesta para aplazar un año la fecha de aplicación del Reglamento sobre los productos sanitarios, pasando a ser en vez de 26 de mayo de 2020, el 26 de mayo de 2021. Se acortan así los periodos de gracia, manteniéndose las fechas de estas: 26 mayo 2024 para el periodo de gracia de «soft transition» para legacy y clase I que no cambian a clase con intervención de ON, y 26 mayo 2025 para el periodo de gracia de «sell off» del canal de distribución.  La propuesta necesitará la aprobación por parte del Parlamento Europeo y del Consejo mediante un procedimiento de codecisión acelerado. Esta propuesta no afecta a la fecha de aplicación del Reglamento IVDR de productos sanitarios para diagnóstico in vitro, que será aplicable a partir del 26 de mayo de 2022.

este es el texto del articulado de la propuesta que hemos complementado con el original y las modificaciones para facilitar su análisis: leer más…

#COVID19 FAQ regulatorias (4) – La Comision Europea (@SKeersmaecker) propone el aplazamiento de 1 año en la fecha de aplicación del reglamento MDR

#COVID19 FAQ regulatorias (4) – La Comision Europea (@SKeersmaecker) propone el aplazamiento de 1 año en la fecha de aplicación del reglamento MDR

College meeting of 25/03/2020 – Stefan De Keersmaecker Portavoz de la Comisión Europea

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#COVID19 FAQ regulatorias (2) – Ventiladores pulmonares (o respiradores) y sus requisitos

#COVID19 FAQ regulatorias (2) – Ventiladores pulmonares (o respiradores) y sus requisitos

Los ventiladores pulmonares (o respiradores) son equipos electromédicos para facilitar la respiración que usan presión para enviar aire, o una mezcla de gases, hacia los pulmones. Son cruciales para la atención de las personas con insuficiencia pulmonar, que puede ser una de las complicaciones que sufren los pacientes con casos graves de COVID19. Los ventiladores también se pueden configurar para exhalar aire, asumiendo efectivamente las funciones de inhalación y exhalación. Se programan para que «respiren» a un ritmo determinado de acuerdo con las necesidades del paciente. Ver en Medline información sobre estos equipos

Hay diversos tipos de equipos electromédicos usados en asistencia respiratoria, os ponemos las características del de cuidados críticos:

Ventiladores pulmonares de cuidados críticos (UCI)
norma EN ISO 80601-2-12 Requisitos particulares para la seguridad básica y el funcionamiento esencial de los ventiladores de cuidados críticos

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#COVID19 FAQ regulatorias (1) – Mascarillas y requisitos

#COVID19 FAQ regulatorias (1) – Mascarillas y requisitos

Tal y como aparece en la ilustración de @ AFP hay dos grandes tipos de mascaras de protección mas usadas:

1. mascarillas quirúrgicas
    norma EN 14683 Mascarillas quirúrgicas – Requisitos y métodos de ensayo

   son productos sanitarios bajo RD 1591/2009 – Dir 93/42, son productos de la clase I
NO precisan de intervención de Organismo Notificado
   necesita  licencia de fabricante de la AEMPS para su fabricación e importación
   La documentación que avala su conformidad es: Declaración de Conformidad con MDD o MDR y la comunicación en el registro nacional del país del fabricante si este es europeo o del EC-REP. En el caso español el registro es en la base de datos RPS de la AEMPS.
Es una buena práctica también solicitar el certificado de ensayo según la norma EN 14683 con la eficacia del filtro.

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