+34 932917739 - Tecno-med Ingenieros SL NIF: ES B60945292 info@tecno-med.es

FAQ IVDR

Incluimos aqui preguntas frecuentes sobre el reglamento IVDR de productos sanitarios para diagnóstico in vitro.
Si no encuentras aqui tu pregunta contacta con nosotros
CUALIFICACION Y CLASIFICACIÓN IVDR
¿Qué es el IVDR y a que productos aplica?

El Reglamento (UE) 2017/746 sobre los productos sanitarios para diagnóstico in vitro (IVDR) es la legislación europea que establece los requisitos aplicables a la comercialización y puesta en servicio de productos sanitarios IVD en la Unión Europea. El IVDR sustituyó a la Directiva 98/79/CE sobre productos sanitarios (IVDD)

Entre otras materias, regula:

  • la cualificación de los productos;
  • su clasificación;
  • los requisitos generales de seguridad y funcionamiento;
  • la gestión de riesgos;
  • la evaluación del funcionamiento;
  • la documentación técnica;
  • los sistemas de gestión de la calidad;
  • la evaluación de conformidad;
  • el marcado CE;
  • la identificación UDI;
  • EUDAMED;
  • la vigilancia poscomercialización;
  • y la vigilancia de incidentes.
¿El IVDR se aplica tambien al software?

Si, se aplica al sw medico que precisa cumplir la cualificación segun la MDCG 2019-11
No todo software utilizado en el ámbito sanitario es necesariamente un producto sanitario. La cualificación depende principalmente de su finalidad prevista y de las funciones que realiza.

MARCADO CE IVDR
¿Qué necesito para obtener el marcado CE de un producto sanitario IVD?

El proceso depende del tipo y clasificación del producto, habitualmente será necesario realizar, entre otras, las siguientes actividades:

  1. Definir la finalidad prevista.
  2. Cualificación: Confirmar que el producto está sujeto al IVDR
  3. Clasificación: Clasificar el producto según reglas de anexo VIII como clase A, B, C o D
  4. Identificar los requisitos regulatorios y normas aplicables.
  5. Implantar el sistema de gestión de la calidad según ISO 13485
  6. Preparar la documentación técnica según anexos II y III IVDR
    • Establecer gestión de riesgos según EN ISO 14971
    • Realizar la evaluación del funcionamiento 
  7. Obtener las evidencias preclínicas, técnicas y clínicas necesarias. Ensayos laboratorios seguridad y funcionalidad
  8. Aplicar el procedimiento de evaluación de conformidad (autocertificacion – sin ON, certificacion por Organismo Notificado)
  9. Subsanar las NC no conformidades en la revisión de la Documentacion Tecnica (en su caso)
  10. Subsanar las NC no conformidades en la auditoria del Sistema de Calidad (en su caso)
  11. Obtener el certificado del ON (en su caso)
  12. Asignar UDI cuando resulte aplicable.
  13. Realizar los registros correspondientes: EUDAMED , RECOPS
  14. Colocar el marcado CE. Emitir la Declaración UE de Conformidad.
  15. Mantener el cumplimiento regulatorio durante la comercialización.

El marcado CE debe plantearse como un proyecto regulatorio completo, no como la simple preparación de un expediente documental.

DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
¿Qué documentación técnica exige el IVDR?

La documentación técnica es necesaria para demostrar que el producto cumple los requisitos aplicables del MDR. Los requisitos fundamentales relativos a la documentación técnica se encuentran principalmente en los Anexos II y III del IVDR.
La documentación puede incluir:

  • descripción y especificaciones;
  • finalidad prevista;
  • clasificación;
  • variantes y accesorios;
  • diseño y fabricación;
  • requisitos generales de seguridad y funcionamiento;
  • normas aplicadas;
  • gestión de riesgos;
  • verificación y validación;
  • software;
  • ciberseguridad;
  • usabilidad;
  • esterilización;
  • evaluación funcionamiento;
  • etiquetado;
  • instrucciones de uso;
  • PMS;
  • PSUR;
  • PMPF;
  • y otras específicas.
CALIDAD
REGISTROS - LICENCIAS
Incluimos aqui las últimas noticias relacionadas con las FAQ sobre productos sanitarios para diagnóstico in vitro
ultimas plazas – OPEN TO NON MEMBERS – Virtual free Event RAPS LNG Spain «EUDAMED y registro nacional RECOPS en España / EUDAMED and Spanish national database RECOPS»  24 July 2026 12h30-14h (UTC+2)

ultimas plazas – OPEN TO NON MEMBERS – Virtual free Event RAPS LNG Spain «EUDAMED y registro nacional RECOPS en España / EUDAMED and Spanish national database RECOPS» 24 July 2026 12h30-14h (UTC+2)

Cualquier agente económico que comercialice productos sanitarios en territorio español, además de estar registrado en EUDAMED, debe estar incluido en el registro de comercialización RECOPS de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS). Tambien os actualizaremos requisitos EUDAMED. En esta sesión virtual, os explicaremos los pasos necesarios para cumplir estas obligaciones y mantener el cumplimiento regulatorio en toda la cadena de suministro.
Any economic operator making available medical devices in Spain must, in addition to being registered with EUDAMED, be included in the RECOPS commercialisation register maintained by the Spanish Agency for Medicines and Health Products (AEMPS). Also we will update on the EUDAMED requirements. In this webinar, we will explain the steps required to meet these obligations and maintain regulatory compliance throughout the supply chain
PUEDES INSCRIBIRTE SIN SER MIEMBRO RAPS (DEBES DARTE DE ALTA CON TUS DATOS EN LA PAGINA WEB)
YOU CAN REGISTER WITHOUT BEING A RAPS MEMBER (YOU MUST SIGN UP WITH YOUR INFORMATION ON THE WEBPAGE)

Programa (y pasos inscripción) / Agenda (and inscription steps)  leer más…

Team-NB publica la «Micro and Small Enterprise Considerations»

Team-NB publica la «Micro and Small Enterprise Considerations»

La Asociación Europea de Organismos Notificados de Productos Sanitarios TEAM-NB  publica este nuevo position paper en la que revisa el tratamiento de la pequeñas y medianas empreas que según la Comisión Europea conforman el 90% de los fabricantes de productos sanitarios europeos
Descargue el documento del TEAM-NB aqui:

MDCG: Nueva MDCG 2026-4 Management of SS(C)P in EUDAMED after mandatory use

MDCG: Nueva MDCG 2026-4 Management of SS(C)P in EUDAMED after mandatory use

En esta MDCG se establece que se va a actualizar la MDCG 2019-9 para asignar la responsabilidad de subir la SSCP a los fabricantes que ha sido previamente validada por el Organismo Notificado. El periodo para productos antes del uso obligatorio del modulo UDI-DI se establce como antes de 27 febrero de 2027.

Estado #AIA Artificial Intelligence Act:  avanza despliegue nacional de la AIA en España «proyecto de ley organica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial»   @SEISeSalud @FENIN_es @SEEIC_spain @somos_SEIB @MEDTECHeurope @COCIR

Estado #AIA Artificial Intelligence Act: avanza despliegue nacional de la AIA en España «proyecto de ley organica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial» @SEISeSalud @FENIN_es @SEEIC_spain @somos_SEIB @MEDTECHeurope @COCIR

El proyecto de ley identifica en España los organismos de supervisión del Reglamento de IA y establece su régimen sancionador. Además, incorpora como novedad una serie de premisas para fomentar que en el sector público estatal se adopte la Inteligencia Artificial. La Ley establece un marco de gobernanza mediante la designación de autoridades notificantes y autoridades de vigilancia del mercado, encargadas de supervisar el cumplimiento de la normativa. Establece que aquellos productos ya regulados por normas sectoriales, como productos sanitarios, mantendrán su misma Autoridad notificante y Autoridad de Vigilancia del Mercado, en línea con la propuesta del Reglamento de IA, es decir, la AEMPS.

seguiremos informando …

La @OMC_Esp publica su «Manual de Buenas Prácticas para la Inteligencia Artificial en Medicina»

La @OMC_Esp publica su «Manual de Buenas Prácticas para la Inteligencia Artificial en Medicina»

La Organización Médica Colegial presenta un manual de buenas prácticas en el que aparecen todos los puntos asociados a la IA en sanidad aunnque no llega a desarrollarlos. Se establecen requisitos asociados al uso por el médico y a la información al paciente de su uso.
El profesor Mayol introduce el concepto de «investigación aumentada, en la que la IA puede sugerir hipótesis, priorizar variables, detectar patrones y automatizar tareas analíticas. Esto desplaza el foco desde el ‘análisis al final’ hacia la orquestación de todo el ciclo de investigación …»  y propone
Como indica el profesor Ibeas: «… La adopción segura de la inteligencia artificial en instituciones sanitarias requiere establecer estructuras de gobernanza adecuadas que permitan evaluar, supervisar y monitorizar el uso de estas tecnologías. En este contexto, resulta recomendable que los centros sanitarios dispongan de comités o grupos de evaluación de tecnologías basadas en IA, encargados de analizar su utilidad clínica, seguridad y adecuación al entorno asistencial. …»
Aun leyendo las 140 páginas….. Observo que se ha pasado muy por encima los requisitos regulatorios de MDR/IVDR e AIA (pienso que seria bueno no querer «repetir» la evaluacion de conformidad del Organismo Notificado en cada hospital y no se han contemplado los requisitos postcomercializacion y de vigilancia establecidos ya por MDR/IVDR) otro punto es que aunque hay todo un capítulo de investigación y de ética, los comités éticos  su labor no aparecen en el documento, otro comentario editorial es que los reglamentos incluido el AIA están traducidos por la Comisión Europea a todos los idiomas de la UE por lo que es útil usar las mismas denominaciones (e.g. «deployer» art.3.4 AIA se ha traducido como «responsable del despliegue» AIA en español)
… en nuevas ediciones ;))

Descargate el documento:

 

este es el indice del documento y sus autores

leer más…

La @AEMPSgob publica su CODIGO DE CONDUCTA

La @AEMPSgob publica su CODIGO DE CONDUCTA

El documento establece aspectos como la declaración de conflicto de intereses, el compromiso de confidencialidad y la política de aceptación de regalos y asistencia a eventos organizados por grupos de interés.
Su indice incluye: Valores éticos y normas de conducta, Compromiso de confidencialidad , Declaración de conflicto de intereses, Aceptación de regalos, Asistencia a eventos, Intervención en medios de comunicación, Uso de redes sociales, Inspecciones y auditorías, y Premios, honores o condecoraciones.

Descargate el documento:

La @AEMPSgob – @SANIDADgob publica el Real Decreto 415/2026 de evaluación de tecnologías sanitarias

La @AEMPSgob – @SANIDADgob publica el Real Decreto 415/2026 de evaluación de tecnologías sanitarias

Este texto complementario al reglamento europeo Reglamento (UE) 2021/2282 y establece la conexión con la legislación nacional. Su objetivo es informar decisiones de la administración relativas a la incorporación, financiación, precio, reembolso o desinversión en tecnologías sanitarias, o formen parte del despliegue de dichas decisiones en la práctica clínica.

Las tecnologías sanitarias (cuidado con la denominación) no sólo son productos sanitarios y pruebas para el diagnóstico ‘in vitro’,
incluyen además medicamentos, procedimientos médicos y quirúrgicos, terapias y productos sanitarios digitales, modelos organizativos, y medidas para la prevención, el diagnóstico o el tratamiento de enfermedades.

Se crea la “Oficina para la evaluación de la eficiencia de los Productos Sanitarios y otras tecnologías”, que incluyen tecnologías digitales, procedimientos médicos o quirúrgicos, así como las medidas o modelos organizativos para la prevención, el diagnóstico o el tratamiento de enfermedades utilizados en la asistencia sanitaria que no incluyan específicamente medicamentos, asume la configuración de la RedETS (art. 20 y 21 Ley 16/2003). El Ministerio de Sanidad, como organismo coordinador de RedETS representará a España en el Grupo de Coordinación sobre Evaluación de Tecnologías Sanitarias de los Estados miembros, y RedETS nombrará, de entre los miembros de RedETS, a las personas representantes en los subgrupos de trabajo que emanan del mismo de acuerdo con el Reglamento (UE) 2021/2282, para los temas relacionados con productos sanitarios, procedimientos médicos o quirúrgicos, así como las medidas para la prevención, el diagnóstico o el tratamiento de enfermedades utilizados en la asistencia sanitaria que no incluyan medicamentos.
El RD indica como objeto de evaluación como tecnología sanitaria:
d) productos sanitarios clasificados en las clases IIb o III con arreglo al artículo 51 del Reglamento (UE) 2017/745, con respecto a los cuales los paneles de personas expertas pertinentes hayan emitido un dictamen científico en el marco del procedimiento de consulta de la evaluación clínica con arreglo al artículo 54 de dicho reglamento, y que hayan sido seleccionados con arreglo al apartado 2 del presente artículo;
e) productos sanitarios para diagnóstico in vitro clasificados en la clase D con arreglo al artículo 47 del Reglamento (UE) 2017/746, para los que los paneles de personas expertas pertinentes hayan emitido sus opiniones en el marco del procedimiento con arreglo al artículo 48, apartado 6, de dicho reglamento, y que hayan sido seleccionados con arreglo al apartado 2 del presente artículo;
f) cualquier otro producto sanitario, procedimiento médico o quirúrgico, tecnología digital, o medidas o modelos organizativos para la prevención, el diagnóstico o el tratamiento de enfermedades utilizados en la asistencia sanitaria que sea acordado por el «Consejo de gobernanza» 
Las evaluaciones se realizan en base a la documentación del fabricante del producto CER o PER, y vienen descritos en  Artículo 11. Aspectos específicos de la evaluación clínica de los productos sanitarios y Artículo 12. Aspectos específicos de la evaluación clínica de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro.  

Webinar “Regulación en el desarrollo de productos sanitarios: MDR/IVDR y AIA» 8 junio 2026 15h-17h by @Itemas Girona @idibgi con la participación de @tecno_med

Webinar “Regulación en el desarrollo de productos sanitarios: MDR/IVDR y AIA» 8 junio 2026 15h-17h by @Itemas Girona @idibgi con la participación de @tecno_med

Participamos en el ciclo de formaciones, organizadas desde el IDIBGI e ITEMAS Girona, dirigidas exclusivamente a los centros de la XISCG (Xarxa d’Innovació en Salut de les Comarques Gironines).
Participem en el cicle de formacions, organitzat per l’IDIBGI i l’ITEMAS Girona, dirigit exclusivament als centres de la XISCG (Xarxa d’Innovació en Salut de les Comarques de Girona).
We participate in the cycle of trainings, organized by the IDIBGI and ITEMAS Girona, aimed exclusively at the centers of the XISCG (Health Innovation Network of the Girona Regions).

Institut d’Investigació Biomèdica de Girona Dr. Josep Trueta (IDIBGI)
Departament d’Innovació i Transferència Tecnològica
Parc Hospitalari Martí i Julià (Edifici M2)
C/ Dr. Castany s/n, 17190 Salt (Girona)
Tel: 872.98.70.87

 

podemos ayudarte?