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FAQ MDR

Incluimos aqui preguntas frecuentes sobre el reglamento MDR de productos sanitarios. Si no encuentras aqui tu pregunta contacta con nosotros

CUALIFICACION Y CLASIFICACIÓN

¿Qué es el MDR y a qué productos se aplica?

Por MDR Medical Device Regulation nos referimos al Reglamento (EU) 2027/745 relativo a productos sanitarios
Se aplica a todos los productos sanitarios excepto a los de diagostico in vitro que tienen reglamento propio IVDR

¿Cuál es la diferencia entre MDR e IVDR?

El MDR reglamento (UE) 2017/745 se aplica a productos sanitarios generales y hay un subconjunto los destinados al diagnostico in vitro que por su especificidad estan regulado por otro reglamento el (UE) 2017/746 
Por ejemplo, un implante, un dispositivo quirúrgico o determinado software médico puede estar sujeto al MDR, mientras que un reactivo, instrumento o software destinado específicamente al examen in vitro de muestras humanas puede estar sujeto al IVDR.
Determinar correctamente la legislación aplicable es uno de los primeros pasos de cualquier estrategia regulatoria.

¿ y si mi producto sanitario incorpora inteligencia artificial?

Un producto sanitario que incorpora inteligencia artificial o bien es por si mismo un MDSW con IA (MDAI) esta sujeto simultáneamente a ambos marcos regulatorios: MDR/IVDR y AIA
La interacción entre ambas legislaciones debe analizarse desde las primeras fases de desarrollo para identificar correctamente los requisitos aplicables al producto y evitar duplicidades o cambios tardíos en el proyecto.
Para productos sanitarios con software o inteligencia artificial es especialmente recomendable elaborar una estrategia regulatoria previa al desarrollo y certificación.

¿El MDR se aplica también al software?

Si, se aplica al sw medico que precisa cumplir la cualificación segun la MDCG 2019-11
No todo software utilizado en el ámbito sanitario es necesariamente un producto sanitario. La cualificación depende principalmente de su finalidad prevista y de las funciones que realiza.

¿Quién decide la clasificación de un producto sanitario?

El fabricante es responsable de determinar y justificar la clasificación de su producto aplicando las reglas del MDR.
En los productos que requieren la intervención de un organismo notificado, la clasificación será revisada durante el proceso de evaluación de conformidad.
Una clasificación incorrecta puede implicar haber definido de forma errónea la ruta de certificación, las evidencias necesarias o incluso el organismo notificado requerido.

¿Cómo se clasifica el software médico MDSW?

La clasificación del software médico requiere analizar su finalidad prevista y las consecuencias que puede tener la información proporcionada por el software sobre las decisiones diagnósticas o terapéuticas.
La Regla 11 del MDR tiene especial relevancia para numerosos productos de software. Dependiendo de las funciones realizadas y del riesgo asociado a una decisión incorrecta, un software puede quedar clasificado como Clase I, IIa, IIb o III. Por ello, la clasificación de software debe estudiarse cuidadosamente antes de diseñar la estrategia de marcado CE.

¿Cómo se clasifican los productos sanitarios según el MDR?

Los productos sanitarios sujetos al MDR se clasifican, de menor a mayor riesgo, en:

  • Clase I
  • Clase IIa
  • Clase IIb
  • Clase III

La clasificación se determina aplicando las reglas establecidas en el Anexo VIII del MDR.

Para clasificar correctamente un producto deben analizarse factores como:

  • finalidad prevista;
  • duración del contacto;
  • invasividad;
  • parte del cuerpo con la que interactúa;
  • carácter activo o no activo;
  • implantabilidad;
  • función de medición;
  • administración o intercambio de sustancias;
  • software;
  • y otros riesgos.
MARCADO CE
¿Qué necesito para obtener el marcado CE de un producto sanitario?

El proceso depende del tipo y clasificación del producto, habitualmente será necesario realizar, entre otras, las siguientes actividades:

  1. Definir la finalidad prevista.
  2. Cualificación: Confirmar que el producto está sujeto al MDR
  3. Clasificación: Clasificar el producto según reglas de anexo VIII como clase I, IIa, IIb o III
  4. Identificar los requisitos regulatorios y normas aplicables.
  5. Implantar el sistema de gestión de la calidad según ISO 13485
  6. Preparar la documentación técnica según anexos II y III MDR
    • Establecer gestión de riesgos según EN ISO 14971
    • Realizar la evaluación clínica y en su caso Investigacion clínica
  7. Obtener las evidencias preclínicas, técnicas y clínicas necesarias. Ensayos laboratorios seguridad y funcionalidad
  8. Aplicar el procedimiento de evaluación de conformidad (autocertificacion – sin ON, certificacion por Organismo Notificado)
  9. Subsanar las NC no conformidades en la revisión de la Documentacion Tecnica (en su caso)
  10. Subsanar las NC no conformidades en la auditoria del Sistema de Calidad (en su caso)
  11. Obtener el certificado del ON (en su caso)
  12. Asignar UDI cuando resulte aplicable.
  13. Realizar los registros correspondientes: EUDAMED , RECOPS
  14. Colocar el marcado CE. Emitir la Declaración UE de Conformidad.
  15. Mantener el cumplimiento regulatorio durante la comercialización.

El marcado CE debe plantearse como un proyecto regulatorio completo, no como la simple preparación de un expediente documental.

DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
¿Qué documentación técnica exige el MDR?

La documentación técnica es necesaria para demostrar que el producto cumple los requisitos aplicables del MDR. Los requisitos fundamentales relativos a la documentación técnica se encuentran principalmente en los Anexos II y III del MDR.
La documentación puede incluir:

  • descripción y especificaciones;
  • finalidad prevista;
  • clasificación;
  • variantes y accesorios;
  • diseño y fabricación;
  • requisitos generales de seguridad y funcionamiento;
  • normas aplicadas;
  • gestión de riesgos;
  • verificación y validación;
  • biocompatibilidad;
  • seguridad eléctrica;
  • compatibilidad electromagnética;
  • software;
  • ciberseguridad;
  • usabilidad;
  • esterilización;
  • evaluación clínica;
  • investigación clínica;
  • etiquetado;
  • instrucciones de uso;
  • PMS;
  • PSUR;
  • PMCF;
  • y otras específicas.
EVALUACION CLÍNICA
REGISTROS - LICENCIAS
SISTEMA DE CALIDAD

Incluimos aqui las últimas noticias relacionadas con FAQ sobre productos sanitarios

Estado #AIA Artificial Intelligence Act:  publicacion Informe de Resultados Piloto Sandbox IA Español

Estado #AIA Artificial Intelligence Act: publicacion Informe de Resultados Piloto Sandbox IA Español

El proyecto de ley identifica en España los organismos de supervisión del Reglamento de IA y establece su régimen sancionador. Además, incorpora como novedad una serie de premisas para fomentar que en el sector público estatal se adopte la Inteligencia Artificial. La Ley establece un marco de gobernanza mediante la designación de autoridades notificantes y autoridades de vigilancia del mercado, encargadas de supervisar el cumplimiento de la normativa. Establece que aquellos productos ya regulados por normas sectoriales, como productos sanitarios, mantendrán su misma Autoridad notificante y Autoridad de Vigilancia del Mercado, en línea con la propuesta del Reglamento de IA, es decir, la AEMPS.

Identifica diversos proyectos de productos sanitarios con IA MDAI:
CL@UDIA                       BIT&BRAIN TECHNOLOGIES, S.L.
MetCare                          MADE OF GENES, S.L. U
Tucuvi Health Manager  Tucuvi Care SL

buena lectura  …

Sesión formación «Reglamentos y normativa medtech MDR/IVDR/RD 192/2023 y FDA» en el Master en Ingeniería Biomédica 29 sept 2026 @UniBarcelona @UPC_School

Sesión formación «Reglamentos y normativa medtech MDR/IVDR/RD 192/2023 y FDA» en el Master en Ingeniería Biomédica 29 sept 2026 @UniBarcelona @UPC_School

Con la participación de Claire Murphy y Xavier Canals de Tecno-med Ingenieros, 29 Septiembre 2026, presencial. Este año con la obligatoriedad de la base de datos EUDAMED en noviembre, la base de datos española RECOPS y cuenta atrás de los periodos transitorios de los Reglamentos (EU) 2017/745 MDR y (EU) 2017/746 IVDR que finaliza el 31 diciembre 2027 y 2028 para MDR y hasta 2030 para IVDR según la clasificación del producto.

Mágnifico «MDR/IVDR Summit 2026» by EAAR  Bruselas 8-9 Sept 2026

Mágnifico «MDR/IVDR Summit 2026» by EAAR Bruselas 8-9 Sept 2026

Volvemos encantados de Bruselas donde ha sido un honor participar en un foro de expertos europeos, colegas y amigos !!!
con muchas respuestas a preguntas que teniamos pero tambien como siempre con nuevas dudas de estas magnificas jornadas
donde se abordaron los temas mas debatidos de los reglamentos MDR e IVDR por expertos europeos con la participación de la Comisión Europea, Medtech, EAAR, …

El alma mater de este evento junto con su equipo Ludger Möller:

Os hacemos un pequeño resumen de estos dos dias:

leer más…

@MHRAgovuk publica las recomendaciones de la National Commission into the Regulation fo AI in Healthcare para la regulación de IA en Sanidad

@MHRAgovuk publica las recomendaciones de la National Commission into the Regulation fo AI in Healthcare para la regulación de IA en Sanidad

La MHRA publica 44 recomendaciones elaboradas por esta comision para el desarrollo de un marco regulatorio para la IA en UK, bajo estos principios fundamentales:
– Garantizar que los requisitos normativos sean proporcionados a los riesgos y beneficios de un dispositivo, se adapten a las necesidades probatorias a lo largo del ciclo de vida del producto y favorezcan el acceso equitativo a tecnologías de software y basadas en la inteligencia artificial que sean seguras y eficaces.
– Considerar la regulación y la gestión segura del software y las tecnologías sanitarias basadas en la IA como una función de todo el sistema, en la que cada parte del sistema asuma sus responsabilidades para que estas tecnologías puedan utilizarse de forma eficaz y responsable
– Diseñar un marco que refuerce la confianza, la transparencia y la previsibilidad para todas las partes interesadas, con el fin de permitir el desarrollo, la adopción y el uso responsables de tecnologías de IA seguras y eficaces.
interesantes …

La Comision Europea publica la propuesta de reglamento de ejecución con las especificaciones del HealthData@EU de uso secundario del EEDS

La Comision Europea publica la propuesta de reglamento de ejecución con las especificaciones del HealthData@EU de uso secundario del EEDS

La Comisión Europea publica la propuesta de reglamento de ejecución con las especificaciones del HealthData@EU de uso secundario del EEDS Espacio Europeo de Datos de Salud, 𝗥𝗲𝗴𝗹𝗮mento (𝗘𝗨) 𝟮𝟬𝟮𝟱/𝟯𝟮𝟳, en vigor desde marzo de 2025, siendo el uso secundario aplicable en marzo de 2029.
Este borrador de Reglamento de Ejecución establece el marco técnico y funcional de la infraestructura de DatosSalud@UE, que permitirá un acceso transfronterizo seguro e interoperable a los datos sanitarios electrónicos para su uso secundario.También establece las especificaciones de la herramienta informática para la transparencia de la ejecución, facilitando la cooperación y el intercambio de información entre los organismos de acceso a los datos sanitarios acerca de las medidas de ejecución.
La Comision abre una consulta de 30 dias para este texto desde 01 septiembre 2026 a 29 septiembre 2026
Este es el texto de la propuesta …

Sesión formación «Reglamentos y normativa medtech MDR/IVDR/RD 192/2023 y FDA» en el Master en Ingeniería Biomédica 29 sept 2026 @UniBarcelona @UPC_School

Sesión formación «Reglamentos y normativa medtech MDR/IVDR/RD 192/2023 y FDA» en el Master en Ingeniería Biomédica 29 sept 2026 @UniBarcelona @UPC_School

Con la participación de Claire Murphy y Xavier Canals de Tecno-med Ingenieros, 29 Septiembre 2026, 18h a 20h presencial.Este año con la obligatoriedad de la base de datos EUDAMED en noviembre, la base de datos española RECOPS y cuenta atrás de los periodos transitorios de los Reglamentos (EU) 2017/745 MDR y (EU) 2017/746 IVDR que finaliza el 31 diciembre 2027 y 2028 para MDR y hasta 2030 para IVDR según la clasificación del producto.

AIA – Avanza la aplicación del reglamento …

AIA – Avanza la aplicación del reglamento …

Este 2 de agosto de 2026 se aplican las nuevas normas de transparencia, que exigen que determinados sistemas de IA informen a los usuarios cuando interactúen con la IA y cuando el contenido haya sido generado o alterado por ella, siendo la Oficina de IA de la Comisión Europea, junto con las autoridades nacionales, quien haga cumplir la Ley de Inteligencia Artificial (IA).
Los chatbots y otros sistemas interactivos de IA tendrán que decirles a los usuarios que están tratando con IA, no con un ser humano. Deepfakes (imágenes, videos o audio que han sido editados o generados usando IA) tendrán que ser etiquetados. El contenido generado o alterado por IA también tendrá que llevar marcas legibles por máquina para que pueda detectarse más fácilmente.

Las infracciones que impliquen prácticas prohibidas de IA están sujetas a las sanciones más elevadas, de hasta 35 millones EUR o el 7 % del volumen de negocios total anual mundial del infractor, si esta cifra es superior. Otros incumplimientos, incluidas las obligaciones de los modelos GPAI, pueden dar lugar a multas de hasta 15 millones de euros o el 3 % del volumen de negocios total anual mundial, si esta cifra es superior.
El incumplimiento de un RFA (solicitudes de acceso):, o el suministro de información incorrecta, incompleta o engañosa, puede dar lugar a multas. Las mismas sanciones máximas mencionadas anteriormente se aplican a los modelos GPAI. En el caso de los sistemas de IA, las multas pueden alcanzar hasta 7,5 millones de euros o el 1 % de la facturación anual mundial, si esta cifra es superior.
– Herramienta de reclamaciones de la Ley de IA
seguiremos informando …

IMDRF publica la guia «Essential Principles and Content of Predetermined Change Control Plans», de gran relevancia para los MDAI

IMDRF publica la guia «Essential Principles and Content of Predetermined Change Control Plans», de gran relevancia para los MDAI

La IMDRF, acronimo de «International Medical Device Regulators Forum» es la organizacion que agrupa a los reguladores mundiales y por tanto es el consenso de estos lo que se plasma en sus documentos y guias.
En este caso es el grupo de trabajo «Software as a Medical Device Working Group» quien ha elaborado este documento, esperado sobretodo para los MDAI (productos sanitarios con inteligencia artificial) ya que es la herramienta que nos permite mantener el cumplimiento de estos entre evaluaciones periodicas del Organismo Notificado; no obstante tambien es aplicable a MDSW y a tecnologias innovadoras.

Este es el texto de la guia …

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Omnibus de AIA – Publicado en el DOUE como Reglamento (UE) 2026/1744 entrada en vigor 28 Julio 2026

Omnibus de AIA – Publicado en el DOUE como Reglamento (UE) 2026/1744 entrada en vigor 28 Julio 2026

El Reglamento 2026/1744 establece  las modificaciones aprobadas al texto de la Ley de Inteligencia Artificial (AI Act), dentro del paquete legislativo conocido como la Ómnibus Digital.
La legislación aplaza la aplicación de determinadas partes de la Ley de IA para garantizar que existen los estándares y medidas de apoyo necesarios. Las obligaciones relativas a los sistemas de IA de alto riesgo se aplicarán:
– a partir del 2 de diciembre de 2027 para los sistemas de IA de alto riesgo autónomos;
– a partir del 2 de agosto de 2028 para los sistemas de IA integrados como componentes de seguridad y regulados por la legislación sectorial de la UE en materia de seguridad y vigilancia del mercado.

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El Consejo de Ministros aprueba el proyecto de Ley de Medicamentos y Productos Sanitarios

El Consejo de Ministros aprueba el proyecto de Ley de Medicamentos y Productos Sanitarios

El Consejo de Ministros de 21 de julio de 2026 aprobó la propuesta de cambio en la Ley de Medicamentos y Productos Sanitarios que siguiendo el proceso legislativo español y después del trámite de audiencia en información pública con unas 400 enmiendas al anteproyecto y que han sido análizadas y consideradas para su inclusión en el texto final. Incluye como novedad el impulso a la innovación y compras orientadas a valor (habra que ver como siempre su aplicación)
Ahora pasa al tramite parlamentario …
Podeis ver aqui la nota de prensa del Gobierno y el punto de vista de la Federanción de Empresas de Tecnologia y Productos sanitarios FENIN

 

 

 

ultimas plazas – OPEN TO NON MEMBERS – Virtual free Event RAPS LNG Spain «EUDAMED y registro nacional RECOPS en España / EUDAMED and Spanish national database RECOPS»  24 July 2026 12h30-14h (UTC+2)

ultimas plazas – OPEN TO NON MEMBERS – Virtual free Event RAPS LNG Spain «EUDAMED y registro nacional RECOPS en España / EUDAMED and Spanish national database RECOPS» 24 July 2026 12h30-14h (UTC+2)

Cualquier agente económico que comercialice productos sanitarios en territorio español, además de estar registrado en EUDAMED, debe estar incluido en el registro de comercialización RECOPS de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS). Tambien os actualizaremos requisitos EUDAMED. En esta sesión virtual, os explicaremos los pasos necesarios para cumplir estas obligaciones y mantener el cumplimiento regulatorio en toda la cadena de suministro.
Any economic operator making available medical devices in Spain must, in addition to being registered with EUDAMED, be included in the RECOPS commercialisation register maintained by the Spanish Agency for Medicines and Health Products (AEMPS). Also we will update on the EUDAMED requirements. In this webinar, we will explain the steps required to meet these obligations and maintain regulatory compliance throughout the supply chain
PUEDES INSCRIBIRTE SIN SER MIEMBRO RAPS (DEBES DARTE DE ALTA CON TUS DATOS EN LA PAGINA WEB)
YOU CAN REGISTER WITHOUT BEING A RAPS MEMBER (YOU MUST SIGN UP WITH YOUR INFORMATION ON THE WEBPAGE)

Programa (y pasos inscripción) / Agenda (and inscription steps)  leer más…

La @AEMPSgob – @SANIDADgob publica la Orden SND/715/2026 de oferta de productos ortoprotésicos en el SNS

La @AEMPSgob – @SANIDADgob publica la Orden SND/715/2026 de oferta de productos ortoprotésicos en el SNS

Esta orden introduce además la identificación de los productos ortoprotésicos de la prestación ortoprotésica suplementaria financiados por el Sistema Nacional de Salud mediante la implementación del identificador de producto (en adelante, UDI-DI) que forma parte del identificador único del producto (en adelante, UDI), junto con el identificador de la producción (en adelante, UDI-PI). Esta identificación conlleva, con carácter general, la sustitución del precinto identificativo de los productos ofertados y de la etiqueta autoadhesiva de los productos comunicados. Esta orden entró en vigor el 15 de julio 2026.

 

podemos ayudarte?